Cuánto tardan en resolverse los procedimientos de extranjería

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En los últimos tiempos, los procesos de extranjería han ido cambiando de un momento a otro. Esto ha generado que los tiempos en resolverse los expedientes también sufrieran un pequeño cambio considerable. Conocer los plazos de resolución es una información que realmente le interesa a todos los clientes ya que en base a esa respuesta depende mucha veces su estancia en el país y muchas otras gestiones.. Según el Reglamento de Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, el plazo que tiene la autoridad para notificar las resoluciones es de tres meses contando desde el día siguiente al que se haya registrado el trámite en el órgano competente. Cabe destacar que quedan fuera de este plazo algunos tipos de solicitudes especiales como son el caso por ejemplo de: -Residencia de hijos menores de extranjeros residentes en España -Autorizaciones de trabajo de temporada -Autorización de reagrupación familiar En estos casos anteriormente mencionados, el plazo para notificar la resolución en los procedimientos de extranjería es la mitad de tiempo, es decir de un mes y medio. Otro plazo diferente que existe es cuando se solicita un visado de residencia, el cual tiene un plazo máximo y no prorrogable para notificar la resolución de un mes desde el momento en que se presenta la solicitud. Un ejemplo de ello son por ejemplo los visados de corta duración que se suelen resolver en un plazo de unos 15 días. Pero ¿Qué sucede si transcurrido el plazo legal de notificación no se tienen noticias? En este caso se llama “Silencio administrativo”, el cual generalmente se ve como algo “positivo” con lo que significaría que la solicitud estaría concedida. Sin embargo, lo mejor siempre es recurrir para conocer la respuesta real sobre el mismo ya que en extranjería el silencio administrativo no se contempla como algo positivo. Para poder tener un mejor asesoramiento, lo ideal es contar con expertos en extranjería que conozcan los plazos y que sepan cómo actuar en cada solicitud y resolución de los procedimientos de extranjería solicitados.