El delito de alcoholemia es uno de los delitos de nuestro Código Penal que se da con mayor frecuencia.
En este post daremos algunas pinceladas a las responsabilidades penales y administrativas que pueden originarse tras un control de alcoholemia con resultado positivo.
En primer lugar, debemos tener en cuenta que a raíz de un control de alcoholemia pueden derivarse responsabilidades administrativas o penales, según el resultado de la prueba y la influencia real o no del alcohol en las aptitudes psico-motrices del conductor
¿Cuándo estamos ante una infracción administrativa?
Las tasas permitidas de alcohol en aire aspirado están fijadas en:
- 0,15 mg/l. en aire espirado y 0,30 g/l. en sangre para aquellos conductores noveles o profesionales.
- 0,25 mg/l. en aire espirado y 0,50 g/l. en sangre para el resto de conductores
Cualquier tasa superior a estos valores supone la imposición de sanción administrativa, siempre y cuando no se supere la tasa de 0,60 mg/l en aire espirado o de 1,2 g/l en sangre, que supone la comisión de un delito de alcoholemia, tal y como veremos a continuación.
¿Qué sanciones administrativas pueden interponerme?
En función del nivel del alcohol en sangre o en aire aspirado, cabe la imposición de las siguientes sanciones:
- Multa de 500 Euros y retirada de cuatro puntos del permiso de conducción cuando la tasa de alcohol en sangre sea entre 0,15 mg/l a 0,30 mg/l en aire espirado o de 0.25 g/l a 0,50 g/l en sangre.
- Multa de hasta 1.000 Euros y retirada de seis puntos del permiso de conducir para el caso de que la cantidad de alcohol que haya ingerido sea superior a la tasa de 0,25 mg/l en aire espirado o de 0,50 g/l en sangre.
- Multa de 1.000 Euros, en el caso de que durante el año anterior haya sido sancionado.
¿Qué derechos tienes como conductor?
Si te ves involucrado en este tipo de situación puedes solicitar la prueba de alcoholemia en dos ocasiones con un intermedio de tiempo de al menos 10 minutos entre ellas.
Si no estás de acuerdo con los resultados obtenidos, puedes solicitar un análisis de sangre, que en el caso de que el resultado sea positivo, deberás pagar los gastos ocasionados.
¿Cuándo se trata de un delito de alcoholemia?
Estaremos ante un delito de alcoholemia y no frente a una falta administrativa:
- Cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a 0,60 mg/l. o a una tasa superior de 1,2 g/l. en sangre.
- En cualquier caso, cuando se demuestre que el conductor conduzca bajo la efectiva influencia de bebidas alcohólicas, en base a otros indicios comprobados por los agentes de la autoridad, que lo harán constar en el correspondiente informe policial (falta de coordinación, habla pastosa, incoherencia en las respuestas, etc.)
¿Qué tipo de penas pueden imponerme?
Para este caso, el artículo anteriormente citado prevé que puedan interponerse al conductor las siguientes penas:
- Pena de prisión de tres a seis meses.
- Multa de seis a doce meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad durante treinta y uno a noventa días.
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a cuatro años.
¿Cuál es el procedimiento penal para enjuiciar el delito de alcoholemia?
Por norma general, los delitos de alcoholemia se juzgan por la llamada vía del “Juicio rápido”, al pertenercer los mismos a los llamados “delitos contra la seguridad del tráfico”.
Este procedimiento es de fácil y sencilla instrucción. Comenzará con el atestado policial que realicen los agentes de seguridad en el momento de la prueba de alcoholemia y los resultados de la misma. Seguidamente, el conductor será citado ante el Juzgado de Guardia, en el caso en que no haya sido detenido durante la realización de la prueba de alcoholemia. Posteriormente, el Juzgado de Guardia le convocará, así como al perjudicado u ofendido (si es que lo ha habido), a los testigos que hayan podido haber y los peritos, para la vista del juicio ante el Juzgado de lo Penal (órgano competente ante el que se realizará el acto del juicio) que se celebrará dentro de los 15 días siguientes.
Cabe señalar que este tipo de delitos pueden acabarse enjuiciando no sólo por el procedimiento descrito, sino también por un procedimiento de faltas o abreviado; o bien acabar archivado o por una sentencia con conformidad en la que el conductor se adhiere a la pena solicitada por el Ministerio Fiscal y en ese mismo momento el Juez de Guardia dicta la sentencia.
Abogado especialista en Derecho Laboral y Derecho Empresarial con más de 15 años de experiencia.