El pasado viernes 10 de octubre entró en vigor la Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la Economía Social.
Alguna de las novedades que conlleva la nueva reforma es la ampliación de la «tarifa plana» de 50euros como cuota empresarial por contingencias comunes de aquellos trabajadores autónomos que causen una alta inicial o bien, no hayan estado en situación de alta por un período superior a seis meses, dentro de los cinco años anteriores a causarla.
También es importante destacar que con esta reforma, los parados podrán capitalizar el 100% de su prestación por desempleo para invertirlo en un nuevo negocio. Además, se permitirá a los autónomos compatibilizar la prestación por desempleo con el alta en el Régimen Especial de Trabajadores, durante un máximo de nueve meses.
En último lugar, la citada norma prevé una ampliación respecto a las bonificaciones sociales y la posibilidad de que aquellos trabajadores económicamente dependientes puedan contratar a un trabajador con el fin de conciliar la vida familiar y laboral, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos.
Abogado especialista en Derecho Laboral y Derecho Empresarial con más de 15 años de experiencia.