Retirada de la patria y custodia por el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos

Retirada de la patria y custodia por el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos

El pasado 9 de noviembre, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictó Sentencia nº 621/2015, por la que establece el incumplimiento reiterado del abono de la pensión de alimentos y del régimen de visitas por parte de uno de los progenitores, supone la pérdida de la patria potestad respecto al menor.

Dicha sentencia tiene su origen en la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Mallorca, el cuál decido otorgar en exclusiva la patria potestad a la madre de la menor por incumplimiento reiterado del padre en sus obligaciones como progenitor.

Posteriormente, el mismo interpuso recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, la cual desestimó el recurso, interponiendo el respectivo recurso de casación ante el Tribunal Supremo, el cual ha ratificado la sentencia de instancia.

El Alto Tribunal basa su decisión en el artículo 154 y 170 del código Civil, los cuales establecen la posible privación de la patria potestad a los progenitores por el incumplimiento de aquellos deberes la ley les impone respecto a sus hijos.

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