¿Mentir en el curriculum puede ser delito?

exageraciones

En muchas ocasiones, las personas en búsqueda de empleo pueden tener la tentación de adornar su currículum con titulaciones o experiencia que no tienen. No obstante debemos ser conscientes que mentir en un curriculum no solo puede conllevar que la empresa proceda a nuestro despido disciplinario por vulneración de la buena fe contractual, sino que en determinados casos, cuando llevamos la mentira demasiado lejos, también puede constituir un delito.

Por tanto, “engordar el currículum” puede tener no solo consecuencias laborales, sino también penales. En este post nos centraremos en determinar en que casos mentir en el curriculum puede ser un delito.

Delitos en los que podemos incurrir por mentir en un curriculum:

Concretamente, mentir en el curriculum nos puede llevar a incurrir en dos tipos penales: el delito de falsedad documental y el delito de intrusismo profesional.

Respecto a la falsedad documental, el Código Penal distingue en función de si estamos ante la falsificación de un documento privado o la falsificación de documentos públicos u oficiales.

De esta manera, el artículo 395 del Código Penal tipifica y castiga el delito de falsedad documental en documento privado, estableciendo unas penas de prisión de 6 meses a 2 años por la comisión del mismo.

Por su parte, los artículos 391 a 394 del mismo texto legal castigan la falsedad en documentos públicos u oficiales con unas penas que van desde los 6 meses a los 6 años de prisión.

Por lo que se refiere al delito de intrusismo, debe tenerse presente los artículos 402 y 403 del Código Penal establecen una pena de uno a tres años de prisión para aquellas personas que ejerzan una profesión sin tener el correspondiente título académico expedido o reconocido en España.

Casos en que una mentira en un curriculum acabo con una condena penal:

En noviembre de 2.016, la Audiencia Provincial de Lleida se pronunció sobre un supuesto en que una trabajadora falsificó un certificado oficial de monitora de patinaje artístico, supuestamente emitido por la Federación Catalana de Patinaje, con el fin de que el Ayuntamiento de Lleida la contratara. Finalmente, el tribunal decidió condenarla a seis meses de prisión por falsedad en documento oficial.

Esta es la misma línea, la Audiencia Provincial de León condenó a la pena de 9 meses de prisión a un hombre que utilizó un carné falso de oficial de instalador para obtener un determinado puesto de trabajo en una empresa.

En este caso, la empresa descubrió que dicho documento era falso cuando ésta envió la documentación del trabajador a la Delegación Territorial de León, con el fin de que el mismo realizara un curso técnico, y ésta le contestara que el carné presentado por este trabajador era falso.

En julio de 2.010, el Tribunal Supremo resolvió un caso en el que el condenado había falsificado un título de licenciado en Derecho para lograr la colegiación y acceder a un trabajo de “Director de Relaciones Laboralesen una empresa.

Estuvo durante casi diez años aparentando su condición de abogado, llegando incluso a representar a la primera de las dos empresas para las que trabajó en un juicio. Además, la segunda de ellas pagaba sus cuotas colegiales y las de la Mutualidad de la Abogacía.

En este supuesto, el Tribunal Supremo le condenó a una pena de un año de prisión por intrusismo laboral y fue absuelto de los delitos de falsedad documental y estafa porque los mismos se encontraban ya prescritos.

Abogado especialista en Derecho Laboral y Derecho Empresarial con más de 15 años de experiencia.