¿Cuándo empiezan a computar los permisos retribuidos?
El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de los trabajadores de disfrutar de una serie de permisos retribuidos cuando concurra alguno de los motivos que enumera. La concesión de estos permisos encuentran su fundamento en las siguientes causas: Matrimonio . Nacimiento de hijo. Fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención…
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