Cambios obligatorios en la gestión de la incapacidad temporal

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El Instituto Nacional de Seguridad Social ha empezado a implementar una serie de cambios con el objetivo de cambiar la forma de gestionar las prestaciones por incapacidad temporal (IT).
Tal y como detalla el Boletín de Noticias RED 11/2025, se pretende, por un lado, hacer más transparente el cálculo de las prestaciones y, por otro, que los médicos tengan toda la información precisa para evaluar la concesión o no de las bajas laborales.

Obligatoriedad de comunicar al INSS el puesto de trabajo y la descripción de funciones


En la citada publicación se recuerda a los usuario del Sistema RED la obligatoriedad de comunicar al INSS los campos “Puesto de trabajo” y “Descripción de funciones” a través del fichero FDI y del servicio “Incapacidad Temporal Online” disponible en el Sistema RED Online.
Esta información es imprescindible para la adecuada valoración médica de los procesos de IT, permitiendo al facultativo médico un pronunciamiento más adecuado sobre el mantenimiento o el alta médica del proceso de IT.
De esta manera no se permitirá que el campo “Puesto de trabajo”, que consta al menos de 4 caracteres, sea rellenado sólo con números o símbolos. De no encontrarse correctamente cumplimentado, se devolverá con un mensaje de error.

Tampoco se permitirá que el campo de “Descripción de funciones”, que consta de al menos 15 caracteres, se rellene sólo con números o símbolos. De no cumplimentarse correctamente, también se devolverá con un mensaje de error.
Cuando el INSS haya recibido esa información de manera adecuada, la podrá trasladar a la Mutua de Accidentes de Trabajo responsable del proceso o al Servicio Público de Salud correspondiente, a fin de que los facultativos médicos puedan evaluar la situación clínica de la persona trabajadora poniéndola en relación con las exigencias del puesto de trabajo. Esto permitirá un control más riguroso y ajustado del proceso de incapacidad temporal.
Se recuerda por parte del INSS que el incumplimiento de esta obligación por parte de la empresa constituye una infracción administrativa, tipificada en el
artículo 21.4 de la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).


Comunicación del INSS sobre la base reguladora de la IT.


También se informa por parte del INSS de que a partir de este mes de diciembre de 2025 comenzará a comunicar la base reguladora de la prestación por incapacidad temporal a través del FIE y del Servicio FIER, con independencia de la entidad responsable del pago de la prestación económica (hasta ahora esta información solo se transmitía cuando el INSS era la entidad que daba cobertura a la contingencia correspondiente).
Este calculo se realizará mensualmente, una vez la TGSS consolide las bases de cotización, realizándose el envío alrededor del día 12 o 13 de cada mes. En caso de discrepancias entre la base reguladora de la IT informada por el INSS y la calculada par la empresa, se podrá realizar una consulta a través del aplicativo ACRASS.

Si tiene cualquier duda o problema relacionados con Seguridad Social, llámenos al 93 269 09 54 y nuestros abogados expertos en Derecho Laboral le asesorarán.

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